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<li>Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria</li> <li>Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales</li> <li>Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación</li>
<ul><li>Por unidad (1 mesa y 4 sillas) en calle de categoría A: 0,70 Euros/día.</li><li>Por unidad (1 mesa y 4 sillas) en calle de categoría B: 0,70 Euros/día.</li><li>Por unidad (1 mesa y 4 sillas) en calle de categoría C: 0,50 Euros/día.</li></ul>
Trimestralmente se abonará el correspondiente recibo de las tasas.
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