Autorización de ocupación de vía pública por terrazas

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Descripción del trámite:

Trámite para solicitar la instalación de terrazas, con mesas y sillas, anexas a todo tipo de bares, cafeterías, restaurantes y, en general, a cualquier establecimiento dedicado a la venta de alimentos y bebidas.

Peticiones más comunes:

Actividad de establecimiento<br>

Clasificación telemática:

Vía Pública.

¿Quién puede solicitarlo?

<ul><li>Toda persona física o jurídica.</li><li>El representante de los anteriores interesados.</li></ul>

¿Cuándo se puede solicitar?

Durante todo el año.

Documentación a aportar:

<br>

Con carácter obligatorio: 
  • ">Instancia de solicitud. Solicitud de mesas y sillas en la vía pública (pdf)

Canales de solicitud:

Presencialmente, en la Oficina de Atención al Ciudadano de Albox:
Calle Rosario, 27
Teléfono:  950 120 908 / Fax:  950 120 300
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas<br>

</br>

Documentación que entregará el ayuntamiento:

<ul><li>En el momento de la presentación de la solicitud en la OAC, copia de la instancia de solicitud.</li><li>Correo certificado con la notificación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local.</li></ul>


Legislación aplicable:

<ul>

<li>Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria</li>
<li>Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales</li>
<li>Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación</li>

  • ">Ordenanza reguladora de la tasa por ocupación y uso en bienes de dominio público.
  • ">MODIFICACIÓN BOP 22 ENERO 2008.
  • ">MODIFICACIÓN BOP 18 JULIO 2011.

  • Precio:

    El trámite de solicitud es gratuito. Trimestralmente se paga la <b>Tasa por ocupación y uso en bienes de dominio público local</b>:

    <ul><li>Por unidad (1 mesa y 4 sillas) en calle de categoría A: 0,70 Euros/día.</li><li>Por unidad (1 mesa y 4 sillas) en calle de categoría B: 0,70 Euros/día.</li><li>Por unidad (1 mesa y 4 sillas) en calle de categoría C: 0,50 Euros/día.</li></ul>

    ¿Cómo y cuándo se realiza el pago?

    Trimestralmente se abonará el correspondiente recibo de las tasas.




    Recursos que se pueden interponer:

    Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, y del Procedimiento Administrativo Común, o en el plazo de dos meses el Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro que estime oportuno interponer.



    Otra información de interés:

    <ul><li>No se podrá ocupar la vía pública sin la preceptiva licencia de actividad otorgada previamente.</li><li>Una vez autorizada la ocupación de la vía pública, se entenderá automáticamente prorrogada en tanto no se acuerde su caducidad, o su titular renuncie expresamente a aquella o se presente renuncia por los legítimos representantes en caso de fallecimiento. </li><li>En caso de transmisión de la actividad, se deberá solicitar nueva autorización de ocupación de vía pública. </li></ul>