Licencia de obra menor (Vallado)

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Descripción del trámite:

Solicitud de licencia de obra menor consistente en delimitación de parcela o solar<br>

Peticiones más comunes:

Vallado en suelo urbano y vallado metálico en suelo no urbanizable.

Clasificación telemática:

Urbanismo y actividades.

¿Quién puede solicitarlo?

<ul><li>Toda persona física o jurídica.</li><li>El representante de los anteriores interesados.</li></ul>

¿Cuándo se puede solicitar?

Durante todo el año.

Documentación a aportar:

<br>

Con carácter general y obligatorio: 
  • ">Instancia de solicitud. Licencia de vallado (pdf)
  • <li>Plano de Situación marcando la zona de zanja de la calle, referido al planeamiento de aplicación. </li>


    <li>Fotografías en color del estado actual del terreno. </li>
    <li>Medición y Presupuesto del vallado. </li>
    <li>Terreno dado de alta en catastro (Fotocopia del recibo de Contribución o Certificación Descriptiva y Gráfica del Inmueble). </li>
    <li>Justificante del Pago de las Tasas. </li>
    </ul>


Documentación que entregará el ayuntamiento:

<ul><li><u>En el momento de la entrega de la solicitud en la OAC:</u> </li><ul><li>Copia de la instancia de solicitud. </li><li>Si hubiera deficiencias en la documentación, documento de requerimiento de subsanación de deficiencias.</li></ul><li><u>Correo certificado con la notificación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local.</u></li><li><u>Con el justificante de pago del ICIO, se puede recoger la Licencia de obras en la OAC. </u></li></ul></br>

Canales de solicitud:

Presencialmente, en la Oficina de Atención al Ciudadano de Albox:
Calle Rosario, 27
Teléfono:  950 120 908 / Fax:  950 120 300
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas<br>

</br>

Legislación aplicable:



  • Planeamiento municipal
  • Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo.
  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, Reglamento de Disciplina Urbanística.
  • ">Ordenanza reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  • ">Modificación BOP 2 DICIEMBRE 2010.

Precio:

  • Tasa por expedición de licencia.- 1% del Presupuesto de Ejecución Material; con un mínimo de 6 euros
  • Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).- 3% del Presupuesto de Ejecución Material.
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¿Cuándo y cómo se realiza el pago?

  • Tasa por expedición de licencia.- La tasa debe pagarse previamente a la presentación de la solicitud y aportar el justificante de pago conjuntamente con la misma.
  • Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).- En caso de otorgamiento de la licencia de obras por parte de la Junta de Gobierno Local, con la notificación se comunica el importe del impuesto que debe abonarse previamente a la obtención de la Licencia de obras.
Las tasas e impuestos se abonaran en el número de cuenta indicado en la instancia de solicitud.

Recursos que se pueden interponer:

Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, y del Procedimiento Administrativo Común, o en el plazo de dos meses el Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro que estime oportuno interponer.

Trámites relacionados:

Otra información de interés:

  • Para vallados metálicos en suelo no urbanizable, habrá que dejar una distancia mínima de 7 metros al eje del camino.</li><li>Si al ejecutar las obras se ocupara la vía pública, adicionalmente se tendrán que abonar las tasas correspondientes.</li><li>En caso que la licencia de actividad requiera la ejecución de obras ambas licencias se solicitarán simultáneamente presentando una única instancia de solicitud.</li><li>Si en el transcurso de la obra se produjera modificación de la tipología y/o presupuesto de la obra, se tendrá que adaptar la licencia a dichas modificaciones.